lunes, 20 de diciembre de 2010

COMO CALCULAR LAS HORAS EXTRAS

Es nuestra responsabilidad  anotar nuestras horas extras en rodaje, pasarlas junto con las del resto del equipo a la planilla del SICA y entregarlas al jefe de producción.

Las horas extras se calculan con el valor de la jornada de 8hs. El valor de nuestro salario es el resultado de la suma de esas 8hs+ 4hrs extras . Así es como se estableció en el último convenio homologado en 2008.

Como los salarios que estamos pidiendo no están desglosados en la lista del SICA, tendremos que calcular nuestra jornada de 8hrs. Usando como ejemplo el salario que establecimos para los primeros asistentes,      $312,5  por día, calcularemos  nuestro valor de  hora extra neta:

Primero calcularemos el valor de nuestra jornada de 8 hs. multiplicando el valor de nuestro sueldo por 4 y dividiendo por 7.

$ 312,5  x  4   :  1250                 $  1250/ 7 :  178,57

$ 178,57 es el valor de nuestra jornada de 8hr.

Esta fórmula (valor jornada multiplicado por 4 y dividido por 7) es aplicable a cualquier salario de la lista.

Calcularemos el valor de nuestra hora extra dividiendo el valor de nuestra jornada de 8 hs. por 8 y  multiplicando por 2.

$ 178,57   / 8  :    22,32       22,32 x  2  :  44,64

$ 44,64  es el valor de nuestra hora extra.

Solo nos queda contar cuántas horas extras tenemos y  multiplicar por ese importe. Las horas extras se fraccionan cada 15 minutos (0,25 hora extra).
.Por ejemplo, en una filmación de dos días se anotaría en planilla de horas extras los horarios de citación y los de salida y la cantidad de horas extras por día.



En la planilla no se anotan los importes sinó las cantidades de horas extras realizadas. En  este caso,  cobraríamos  $ 212,04 en neto de las 4,75 horas extras en trabajadas en rodaje.

Para sacar el valor de la hora extra con el salario en bruto, hay que hacer los mismos cálculos y al final sacarle el 19% de las retenciones.

La planilla de horas extras se puede bajar de la web del SICA. Les pasamos el link:

http://sicacine.org.ar/pag1.php?tit=gremial&n=gre/gre_des

CONTRATOS

Escaneamos un contrato y nos fijamos en la parte de abajo, en el Instructivo.

El punto 1 y 2 son descriptivos.

El punto  3 normalmente no se cumple. Te dan a firmar el contrato en rodaje.


El punto 4 dice  que te tienen que dar un recibo de sueldo por los días y las horas extras trabajadas.Con lo cual damos por sentado que todos cobramos las horas extras que hacemos, cosa que tampoco se cumple.

El punto 5 se refiere al 19%  que te descuentan del salario.

El punto 6 dice que las empresas se comprometen a pagar 4hrs x cada dia trabajado. Esto es debido a que se regulo que nuestra jornada laboral se compone de 8hrs + 4hrs extras.

El punto 7 dice que este pago de las 4hrs extras de cada jornada será valido solo en filmación. Pero  solo en el caso de  los técnicos de filmación. Producción, Direccion,  Locaciones,  Arte y Vestuario, cobraran siempre su jornada de 8hrs+ 4hrs extras.

Y el punto 8 dice que el 7ª día trabajado  tiene que pagarse con un recargo del 100%.

Estos contratos los firmamos en cada trabajo. Pero no se cumplen todos los puntos.






PLANILLA SALARIOS PUBLICIDAD DESDE OCTUBRE 2010

A continuación la planilla de Salarios de Publicidad. La columna de la derecha es el salario final que recibimos por día en bruto . Para obtener el salario  en mano (neto) , hay que sacarle a ese número el 19%  , que es lo que nos retienen ( Jub. 11 % , INSSJP  % 3 , OS  % 3, FG  % 2%).

Esta planilla es la de SALARIOS MÍNIMO BRUTO. No hay que confundirse en este punto:  no significa que nuestro salario es ese sino que no te pueden pagar menos que ese importe. Las planillas del SICA son los mínimos a respetar, no definen el sueldo final. Nosotros podemos exigir un salario más alto.

Si sacas al salario del asistente de arte  (301,88)  el 19%  sale el número $ 244.53.  Que es lo que ahora las productoras dicen que deberían cobrar los primeros asistentes, pero que nosotros queremos subir, con el  25% de aumento que se aplico en el resto de salarios de técnicos de cine a partir de Octubre,  a $ 312,5. Que sería el resultado de aplicar el 25% al sueldo que ya veníamos cobrando hace tiempo: $ 250 por día




ASIGNACION CARGO 8 hs 4 hs. EXTRAS TOTAL 12 hs
DIRECCION ASISTENTE $ 405,00 $ 303,75 $ 708,75
CONTINUISTA (SCRIPT) $ 337,50 $ 253,13 $ 590,63
1º AYUDANTE $ 190,50 $ 142,88 $ 333,38
2º AYUDANTE $ 127,50 $ 95,63 $ 223,13
PRODUCCION JEFE $ 405,00 $ 303,75 $ 708,75
ASISTENTE $ 190,50 $ 142,88 $ 333,38
1º AYUDANTE $ 127,50 $ 95,63 $ 223,13
LOCACIONES JEFE $ 270,00 $ 202,50 $ 472,50
ASISTENTE $ 172,50 $ 129,38 $ 301,88
1º AYUDANTE $ 127,50 $ 95,63 $ 223,13
FOTOGRAFIA DIRECTOR DE FOTOGRAFIA $ 1.755,00 $ 1.316,25 $ 3.071,25
Y CAMARA CAMAROGRAFO $ 715,50 $ 536,63 $ 1.252,13
ASISTENTE (FOQUISTA) $ 472,50 $ 354,38 $ 826,88
AYUDANTE $ 337,50 $ 253,13 $ 590,63
VIDEO ASISTENTE $ 243,00 $ 182,25 $ 425,25
OPERADOR HD $ 607,50 $ 455,63 $ 1.063,13
AYTE. OPERADOR HD $ 337,50 $ 253,13 $ 590,63
ELECTRICIDAD ILUMINACION GAFFER $ 525,00 $ 393,75 $ 918,75
JEFE $ 472,50 $ 354,38 $ 826,88
ELECTRICO $ 364,50 $ 273,38 $ 637,88
OPERADOR DE GENERADOR $ 270,00 $ 202,50 $ 472,50
SONIDO SONIDISTA $ 472,50 $ 354,38 $ 826,88
MICROFONISTA $ 364,50 $ 273,38 $ 637,88
GRIP KEY GRIP $ 472,50 $ 354,38 $ 826,88
GRIP $ 337,50 $ 253,13 $ 590,63
UTILERIA UTILERO - CARPINTERO $ 472,50 $ 354,38 $ 826,88
AYUDANTE $ 364,50 $ 273,38 $ 637,88
MAQUILLAJE Y PEINADO MAQUILLADOR $ 472,50 $ 354,38 $ 826,88
AYUDANTE $ 270,00 $ 202,50 $ 472,50
MAQUILLAJE Y PEINADO $ 715,50 $ 536,63 $ 1.252,13
PEINADOR $ 472,50 $ 354,38 $ 826,88
ARTE Y DIRECCION DE ARTE $ 447,00 $ 335,25 $ 782,25
VESTUARIO AMBIENTACION $ 381,00 $ 285,75 $ 666,75
ASISTENTE DE ARTE $ 172,50 $ 129,38 $ 301,88
AYUDANTE DE ARTE $ 127,50 $ 95,63 $ 223,13
VESTUARIO $ 381,00 $ 285,75 $ 666,75
ASISTENTE DE VESTUARIO $ 172,50 $ 129,38 $ 301,88
AYUDANTE DE VESTUARIO $ 127,50 $ 95,63 $ 223,13
EDICION EDICION DE VIDEO EN FILM $ 769,50 $ 577,13 $ 1.346,63
EDITOR $ 405,00 $ 303,75 $ 708,75
ASISTENTE DE EDICION $ 283,50 $ 212,63 $ 496,13
APRENDICES APRENDIZ $ 67,50 $ 50,63 $ 118,13
RR. PP. CHAPERONAS $ 150,00 $ 112,50

CIRCULAR DEL SICA 16/12/2010

El SICA mando esta circular a las productoras el dia 16 de diciembre del 2010.  

 CIRCULAR A PRODUCTORAS DE CINE PUBLICITARIO

Luego de varias reuniones con las/los compañeras/os de la Rama de Arte en las que nos acercaron opiniones y propuestas sobre su trabajo, nos vemos en la circunstancia de volver a explicar los alcances del convenio que rige nuestra actividad (CCT 235/75) y su modificatoria (el acuerdo-convenio homologado del año 2008), en el que consta en forma expresa la obligación del pago de las horas extras los días de filmación a los técnicos de la Rama de Arte (así como también Dirección, Producción, Locaciones, Vestuario).
Para esto, nosotros implementaremos un sistema de planillas por horas extras a través de los inspectores. La nueva planilla deberá tener el nombre de cada uno de los integrantes del rodaje, el inspector en filmación llamará uno a uno a firmar la planilla que contendrá los datos de comienzo y fin de la jornada, honorarios y las correspondientes horas extras.
Contemplando la posibilidad de que el horario del fin de la jornada se vea modificado en función a lo que se pasó en la planilla, al otro día el inspector llamará para chequear y tener la opción de corregirla.
A su vez el equipo de arte entregará una planilla de horas extras al jefe de producción una vez finalizado el rodaje.
Quizás sea importante también aclarar el tema del pago del  7mo. día, y para eso nada mejor que remitirnos, nuevamente, al convenio oportunamente firmado por la Cámara Argentina de Cine Publicitario y el SICA en 2008: en su inciso 2 “se estipula que la jornada semanal será de 48 horas distribuidas en 6 días corridos de 8 horas cada uno, sin distinción de que día de la semana sea, (sábado, domingo o feriado). Cuando se hubieren trabajado los 6 días corridos en forma consecutiva, el séptimo día trabajado se abonará con un recargo del 100%”.
Sobre esto queremos aclarar que, en los casos en que las productoras no tengan un libro de control de horarios con entradas y salidas firmadas por los trabajadores, desde este Sindicato vamos a observar las altas tempranas para confirmar los días trabajados por cada uno de los técnicos, en los casos en que las altas tengan un 7º día contratado se tomará el alta como información fidedigna de empleo.
Por último, pero no menos importante, está el tema de los contratos, que tiene mucho que ver con el tema anterior. A partir del día de la fecha, se procederá a devolver los contratos de los técnicos que contengan diferencias con la información dada por AFIP.  Es decir, si un técnico determinado tiene por contrato 5 días, por ejemplo, y por información de AFIP (alta temprana) surgen diferencias, se determinarán los días del contrato por la información contenida en el alta temprana de AFIP.
Sin otro particular, saludamos a ustedes muy atentamente.

Secretaría Gremial
Comisión Directiva
S.I.C.A.

NUESTROS RECLAMOS


  Estos son  los puntos que estamos reclamando junto con el sindicato:

      
       EXIGIR PAGO DE LAS HORAS EXTRAS EN RODAJE
     Está homologado desde el año 2008, aparece en nuestros contratos, pero no se cumple. 


    EXIGIR EL PAGO DEL SÉPTIMO DÍA TRABAJADO DE CORRIDO
      Está homologado desde el año 2008, aparece en nuestros contratos, pero no se cumple.


      TRABAJAR CON EL CONTRATO EN BLANCO.
        Que los aportes coincidan con la cantidad de días trabajados y el sueldo pactado.



        Por nuestro lado estamos pidiendo también :

              AUMENTO REAL DEL 25% DE NUESTROS HONORARIOS
          El aumento del 25% que comenzó a regir en el mes de Octubre del corriente año que quedó establecido en  $ 244,9. Una cifra que ya veníamos cobrando hace 2 años. Por esto nosotros reclamamos que el 25% sea aplicado sobre nuestro sueldo real.

          Por lo tanto el salario mínimo del primer asistente ascenderá a $312,50.  
          El segundo asistente, que estaba cobrando  $220  pasará a cobrar  $ 275
          El tercer asistente, que estaba cobrando $180 pasará a cobrar $ 225. 

          Todos estos valores son los mínimos exigidos  en neto ( EN MANO). Este aumento se corresponde con lo otorgado en Octubre a todas las ramas, pedimos que se efectivice  según los sueldos que se estaban cobrando para aquella fecha.